2024-05-11
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Hemos ganado tres sentencias de trabajadoras temporales públicas por las que la Administración de Nafarroa deberá pagar miles de euros #LortuDugu

35.000 euros; 115.000 euros; y 50.000 euros. Esas son las indemnizaciones que han marcado tres sentencias recientes de los juzgados de lo social y que la administración foral deberá pagar a tres trabajadoras temporales públicas por despido improcedente. Representantes del sindicato LAB han ofrecido hoy una rueda de prensa en Pamplona en la que han explicado que esas tres sentencias son las primeras de Navarra que recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En estos momentos LAB está tramitando más de 50 expedientes de trabajadores temporales públicos que de ser sentenciados como estos tres supondrían millones de euros en indemnizaciones.

“Hay muchos trabajadores y trabajadoras en situaciones similares a estas tres”, ha señalado Ainara Elarre en nombre del sindicato LAB. En opinión de Elarre se ha llegado a esta situación por “dejación, inacción y mala gestión” de las administraciones públicas que no han hecho una apuesta firme por los servicios públicos. “Están abusando de la utilización del contrato temporal, llevan años reduciéndoles los derechos a los trabajadores temporales públicos, y hasta que no lo dictaminan los tribunales, no les pagan el grado, la antigüedad, la ayuda familiar y/o las indemnizaciones correspondientes por despido”.

Elarre considera que el real decreto aprobado en junio, y que se va a anegociar como proposición de ley, no da solución a la estabilización de las plantillas, sino que es un parche para dar salida a las exigencias de los tribunales. “Es un sinsentido que los gestores de lo público permitan que más de la mitad de la plantilla sea temporal. En LAB calculamos que haría falta llevar a OPE unas 10.000 plazas de la administración foral, con el objetivo de que la temporalidad sea excepcional ―como mucho de un 8%―. Exigimos a las administraciones públicas que estabilicen de una vez las plantillas y que aseguren unas condiciones dignas de trabajo”.

Una administrativa, una médica y una limpiadora

Tal y como ha explicado Juantxo Barkos, asesor jurídico de LAB, estas tres sentenciashan salido recientemente dictadas por los los juzgados de lo social de Pamplona, en relación al fraude de ley en la ejecución de contratos temporales en la administración de la comunidad foral de Navarra. Las sentencias recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que contempló la sentencia de 3 de junio de 2021 y que fue recogida posteriormente por el Tribunal Supremo español en sentencia de 28 de junio. En esta doctrina se recoge cuál debe ser la consecuencia de mantener en plazas vacantes en la administración pública a personas durante un tiempo injustificadamente largo.

“En los tres casos son mujeres que llevan en la administración muchísimos años”, ha añadido Barkos. “Y es llamativo también el hecho de que nos encontramos tanto en puestos de trabajo más alto de la administración―el nivel A, como es el caso de médicos―, como el puesto más bajo ―el antiguo E de las limpiadoras de centros educativos―.

La primera de las sentencias dictada por el juzgado de lo social número 3 es del 9 de julio de 2021 y es la primera que LAB tiene constancia de que se haya dictado aplicando ya la doctrina del Tribunal Supremo. En este caso lo que se considera fraudulento es la permanencia en una plaza vacante desde 2008 de una mujer que estaba trabajando como auxiliar administrativa en Osasunbidea. La sentencia es firme y ha establecido una indemnización de 35.800 euros;  Osasunbidea ya ha pagado.

El segundo de los casos es una médica del servicio de urgencias que ha concatenado 153 contratos desde 1990 y que desde el año 2000 estaba contratada mediante el contrato especial de Osasunbidea ―que se dice “por otras necesidades de personal”―; es decir, un contrato específico para cuando no hay un personal adecuado fijo para un puesto de trabajo concreto. Además, desde 2016, esa plaza se había convertido en una vacante, pero seguía trabajando ahí sin que hubieran sacado dicha plaza a una convocatoria pública de cobertura. La sentencia ha dictado una indemnización de 115.000 euros. La administración ha anunciado que recurrirá.

Y la tercera de las sentencias, que es del 28 de septiembre, es de una trabajadora que estaba ocupando el puesto de trabajo de limpieza en centros educativos desde 1997. Y desde 1999 estaba ocupando la misma plaza vacante. Es decir, llevaba más de 20 años en la misma plaza, sin que se hubiese incluido en una oferta pública de empleo, y por supuesto sin que se hubiese cubierto. La sentencia ha dictado una indemnización de 50.000 euros. La administración ha anunciado que recurrirá.

Tal y como ha aclarado el abogado Juantxo Barkos los tribunales han sentenciado que la administración ha incurrido en un fraude de ley en estos tres casos porque ha estado utilizando contratos administrativos que no cumplían los requisitos establecidos. Por ejemplo, en lo que a los plazos se refiere el Tribunal Supremo ha establecido un plazo de tres años para considerar que se da una situación de utilización del contrato temporal injustificadamente larga; es decir, que no hay razón alguna para que la administración no incluya esa vacante en la siguiente oferta pública de empleo y que tres años ya es suficiente para considerar que esa necesidad es habitual y que no es excepcional. Por lo tanto considera que hay una situación de fraude de ley.

“La consecuencia de no cumplir los requisitos y, por lo tanto, incurrir en un fraude de ley, es que esa relación laboral debe considerarse como indefinida no fija”, ha añadido Barkos. “En los tres casos citados estamos hablando de despidos porque una vez que se ha considerado que son una contratación laboral indefinida no fija, su cese ―que se ha producido porque han cubierto las plazas a través de procedimientos reglados―se ha producido sin que fuese un despido objetivo. Los tribunales han considerado que estamos ante despidos improcedentes. La consecuencia es que o se les readmite en su puesto de trabajo en las mismas condiciones, abonando los salarios que hayan dejado de percibir desde que se les cesó o se les abona la indemnización que les corresponda en función de su salario regulado y el tiempo que lleven trabajando”.

En los tres casos las cantidades son altas, debido al prolongado tiempo que llevaban trabajando. “Estamos hablando de un coste importante para la administración, al tener que hacer frente a unas indemnizaciones altas precisamente por su mala gestión”, ha concluido Barkos. El sindicato LAB está trabajando en estos momentos en más de 50 espedientes de este tipo.

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