Hemos comparecido en Bilbo para presentar las iniciativas que llevaremos a cabo de cara al 25 de noviembre, Día Internacional conta las Violencia contra las Mujeres; entre ellas, las movilizaciones convocadas para el viernes. Asimismo, hemos presentado un informe sobre la situación de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de la mano de la secretaria de Líneas Transversales de LAB, Arantza Vazquez; la Secretaria Feminista, Eli Etxeberria; la responsable de Justicia, Alaitz Jauregi; y la delegada Loreto Cabo. Además de realizar el diagnóstico, hemos planteado medidas para superar las deficiencias detectadas.
Nos movilizaremos el viernes, día 23 de noviembre, bajo el lema "Epaitegietan emakumeontzat Justiziarik ez ¡No a este sistema que nos maltrata!". Nos concentraremos frente a los juzgados el viernes para, posteriormente, el domingo, unirnos a las convocatorias del movimiento feminista. Frente a los juzgados nos movilizaremos a las 10:30 en Bilbo y a las 11:00, en Donostia, Gasteiz e Iruñea.

El 25 de noviembre es el “Día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”, fecha en la que solemos presenciar numerosos actos y manifestaciones desde las distintas administraciones e instituciones. Sin embargo, todos estos actos no van acompañados de un cambio de políticas.
Hace 14 años que se aprobó la conocida como ley integral contra la violencia de género; esta ley solo hace referencia a la violencia ejercida por parte de la pareja o expareja, dejando a un lado otras muchas violencias que sufrimos las mujeres en nuestras calles, bares, centros de trabajo… todas esas violencias machistas desempeñadas con la intención de controlar nuestros cuerpos, nuestra sexualidad y nuestras vidas en general.
Tras la aprobación de la ley integral, se ponen en marcha los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en Hego Euskal Herria. Estos juzgados se forman con escasos recursos materiales y humanos, a pesar que el número de mujeres muertas a manos de sus parejas y exparejas era y sigue siendo alarmante.
LAB viene denunciando durante los últimos años las pésimas condiciones en las que se desarrolla la actividad de estos juzgados. Se crearon para acallar una demanda creciente de justicia ante la violencia contra las mujeres, pero se está demostrando que el modelo establecido hace aguas por todas partes.
El Convenio de Estambul recoge la necesidad de formación en perspectiva de género para profesionales que participan en estos procedimientos judiciales ¿Esto se está cumpliendo en los juzgados de Hego Euskal Herria?
En la actualidad, si entre quienes intervienen en los procedimientos de violencia sobre la mujer hay alguien con formación se trata de una especialización jurídica consistente en 16 horas de teoría online y diez días de estancia en órganos judiciales, que se basa en la ley integral contra la violencia de género. Esta formación en algunos casos es obligatoria. Pero con respecto a la formación en género, es algo totalmente voluntario y quien cuenta con dicha formación es por su propio interés personal.
Esa falta de perspectiva de género durante todo el procedimiento judicial e incluso en la fase previa, a menudo, convierte las resoluciones judiciales en armas de discriminación. Las decisiones judiciales solo las determinan los jueces y juezas, aunque otros operadores también actúan informando, asesorando… Por todo ello, exigimos una formación de calidad en perspectiva de género que sea obligatoria y continuada para cualquier interviniente en el procedimiento: Judicatura, fiscalía, personal de la Unidad de Valoración Forense integral (UVFI), personal del Instituto Navarro de Medicina Legal (INML), Abogacía, policías, intérpretes y personal administrativo.
¿Existe una guardia en los juzgados de violencia?
Los juzgados de violencia de Hego Euskal Herria no tienen reconocida una guardia, a pesar de tratarse de procedimientos urgentes donde se deben tomar decisiones tan importantes e inminentes como son las medidas de protección y otras medidas cautelares. Estamos hablando en realidad de una guardia encubierta que viene realizando el personal de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, tramitando, instruyendo y juzgando las diligencias urgentes, diligencia previas, además del resto de procedimientos, sin contar con el personal necesario. Frecuentemente, eso supone que, en muchas ocasiones, la jornada se alargue más allá del horario laboral. Las trabajadoras y trabajadores de los juzgados de violencia acuerdan un “calendario de guardia” para atender las necesidades del servicio y, al mismo tiempo, poder conciliar mínimamente sus vidas. Exigimos al Gobierno Vasco y al Gobierno Navarro que pongan una solución a esta guardia encubierta ya que, tal y como está actualmente, repercute muy negativamente en la atención a las mujeres, al público en general y a las condiciones de trabajo del personal de los juzgados. Exigimos la regulación y compensación inmediata de la guardia encubierta de los juzgados de violencia, así como el análisis de las cargas de trabajo para dotarlos del personal necesario.
En cuanto a las mujeres migrantes, el hecho de carecer o tener redes sociales insuficientes, unido a las barreras lingüísticas, supone un menor acceso a la información. ¿Cómo se está resolviendo este problema en los juzgados de violencia?
Las mujeres procedentes de otros países llegan rodeadas de unas circunstancias específicas que aumentan su vulnerabilidad ante el maltrato. Entre estas circunstancias, además de que frecuentemente suelen estar solas, se encuentra el problema de una cultura y un idioma desconocidos; por consiguiente, es necesaria la traducción. Sin embargo, en muchas ocasiones, ese servicio no está a la altura de las circunstancias porque lo desempeñan personas no profesionales de la interpretación, a menudo con dificultades para hacerse entender en castellano. Estamos hablando de traducir un lenguaje tan técnico como es el jurídico, en el que los errores o malentendidos pueden tener unas consecuencias trascendentales. Así pues, la falta de profesionalidad, además de la ausencia de formación en género, puede producir graves indefensiones en las víctimas de violencia de género. Por lo tanto, exigimos la contratación de intérpretes profesionales y con formación en género. En Navarra el servicio de intérpretes funciona bien pero carecen también de formación en género.
¿Los juzgados de violencia cuentan con medios suficientes para la asistencia letrada en el turno específico de violencia?
El turno de asistencia jurídica en los juzgados de violencia en Hego Euskal Herria se establece mediante convenios firmados por el Gobierno vasco con el Consejo Vasco de la Abogacía en el año 2007 y el Gobierno de Navarra con el Colegio de Abogacía de Navarra en el 2000. Desde entonces, las denuncias de violencia de género siguen aumentando anualmente mientras la asistencia jurídica no se ha adecuado a dicho incremento. En el convenio de la CAV se recoge que la asistencia debe efectuarse con la debida celeridad cosa que no ocurre en muchas ocasiones en los juzgados de violencia. Solicitamos la revisión del convenio firmado con el Consejo Vasco de la Abogacía en el año 2007, para adecuarlo a la realidad del incremento de trabajo en los juzgados de violencia, y de esa manera evitar las largas esperas que se producen por la falta de letradas y letrados. En Nafarroa el Colegio de Abogacía de Pamplona, además de atender las guardias de los Juzgados de Pamplona, atiende las guardias del Juzgado de Primera Instancia e Instrucciones de Aoiz, con los perjuicios que ello supone, dado que si está atendiendo una guardia en Pamplona, hasta que no termine dicho procedimiento o procedimientos no se desplaza a los Juzgados de Aoiz. Retrasando así toda la tramitación de las diligencias y produciendo grandes esperas.
¿Cuál es el papel de Unidad de Valoración Forense Integral (CAV) y el Instituto Navarro de Medicina Legal (Nafarroa) en procedimiento de violencia?
Desempeñan un papel de gran importancia tanto en la valoración del daño causado a las víctimas, como en la evaluación de la posible repetición de las conductas violentas (valoración del riesgo). Pero, frecuentemente, quien tiene un primer contacto con la víctima o el agresor es cualquier forense no integrante de la Unidad y, consiguientemente, sin especialización en violencia de género. La carga de trabajo de estas Unidades y la falta de medios están haciendo que en algunos juzgados de violencia estos informes estén suponiendo largos retrasos en los procedimientos, o peor, que se celebren los juicios sin los informes adecuados.
¿Existe una atención a la víctima en los juzgados de violencia?
Existe un Servicio de Asistencia a la Víctima (SAV) cuyas oficinas están generalmente ubicadas en las capitales de provincia. Consideramos que, a diferencia de lo que ocurre hoy en día, estas oficinas deberían tener asignadas profesionales en psicología y trabajo social especializadas en violencia de género, y estar ubicadas al lado de los juzgados de violencia para prestar una asistencia presencial y diaria en ellos, garantizando de ese modo una “atención directa” por personal especializado: asesoramiento, información y apoyo emocional desde el primer momento. En cuanto al resto de juzgados compatibles que conocen de la materia de violencia (los que no son los de las capitales), no existe una asistencia presencial del Servicio de Atención a la Víctima, la comunicación es telefónica.
La Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en el artículo 19, menciona el derecho a evitar el contacto entre la víctima e infractor. ¿Se cumple lo recogido en esta directiva en los juzgados de Hego Euskal Herria?
La Unión Europea ha legislado ampliamente sobre la protección de las víctimas; por ejemplo, mediante la Directiva 2012/29/UE, reconoce que los estados establecerán las condiciones necesarias para evitar el contacto entre víctimas e infractores en las dependencias donde se celebre el proceso penal. Salta a la vista que en los juzgados de violencia de Hego Euskal Herria eso no se está cumpliendo en muchos casos.
Los juzgados de violencia no tienen un adecuado diseño arquitectónico. Estos lugares no reúnen las condiciones necesarias para evitar el contacto visual y verbal entre la víctima y el agresor. Las abogadas y abogados tienen que comunicarse con las mujeres careciendo de la intimidad necesaria y teniendo, en algunas ocasiones, que exponer ante personas desconocidas asuntos íntimos y dolorosos.
Exigimos que adecuen las instalaciones de todos los juzgados de violencia a las necesidades de los mismos para preservar la intimidad de la víctima, así como para evitar el contacto visual o verbal con el agresor.
Es frecuente ver que en los juzgados de violencia las víctimas vienen acompañadas de sus hijas e hijos menores. ¿Existe un servicio de atención de esos y esas menores?
Los órganos judiciales no cuentan ni con estancias adaptadas ni con personal adecuado para atender a menores mientras sus madres declaran ante la jueza o el juez, siendo en la actualidad personal del propio Juzgado quien por propia voluntad se está encargando de dicha tarea. Hay que garantizar un servicio de atención de calidad para las hijas e hijos menores que acompañan a las víctimas.