2024-12-05
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La sentencia contra la exigencia del perfil lingüístico de euskera en la convocatoria de limpieza viaria de Pasaia evidencia que el euskera se considera una lengua de segunda en los juzgados

Acabamos de conocer otras dos sentencias que dan continuidad a la ofensiva judicial contra el euskera y a los derechos lingüísticos de las y los euskaldunes que estamos sufriendo en los últimos tiempos. En este caso ambas sentencias son contrarias a una convocatoria de empleo del ayuntamiento de Pasaia para contratar a 15 operarios y operarias de limpieza viaria.

El juez estima el recurso interpuesto por dos particulares contra esta oferta de empleo, argumentando que la asignación del perfil lingüístico 1 a las y los candidatos es discriminatoria. Y es que, según los jueces, las características y contenido de las funciones que deben desempeñar las personas designadas para estas plazas, relacionadas fundamentalmente con la limpieza de las vías públicas, no justifican tal exigencia de conocimiento del euskera.

Es más, según se recoge en la sentencia, el desconocimiento del euskera por parte de dichos empleados públicos en el desempeño de estas funciones no puede suponer una gran perturbación al derecho de la ciudadanía a utilizar el euskera a la hora de relacionarse con la Administración, ya que no se ha acreditado para dicho puesto que para garantizar ese derecho a la ciudadanía sea estrictamente necesario que todo el personal de limpieza viaria conozca el euskera.

Desde este punto de vista ideológico, la exigencia del perfil lingüístico 1 de euskera como requisito específico para el acceso a las 15 plazas supone una vulneración del derecho fundamental de los recurrentes al acceso a la función pública en condiciones de igualdad.

De hecho, el juez resume muy bien en la sentencia la doctrina legal restrictiva que a día de hoy se nos impone:

“Primero, que el principio general sigue siendo el de que pueda valorarse como mérito no eliminatorio el conocimiento de las ‘lenguas españolas’ diferentes del castellano.

Segundo, que, para concretas y determinadas plazas, los poderes públicos competentes pueden darle dicho carácter a la prueba de conocimiento del idioma cooficial de la respectiva Comunidad Autónoma.

Tercero, que la finalidad de esta excepción al principio general es la de proveer a la presencia en la Administración de personal de habla de lengua vernácula, como modo de garantizar el derecho a usarla por parte de los ciudadanos de la respectiva Comunidad.

Cuarto, que la apreciación del cumplimiento de esta concreta finalidad obliga a considerar discriminatoria la mencionada exigencia cuando se imponga para cubrir plazas que no estén directamente vinculadas a la utilización por los administrados de las lenguas de su Comunidad Autónoma, debiendo reservarse para aquellas en las que la imposibilidad de utilizarla les pueda producir una perturbación importante en su derecho a usarla cuando se relacionan con la Administración, lo que a su vez implica la necesidad de valorar en cada caso las funciones que sean competencia de la plaza que pretenda cubrirse, así como el conjunto de funcionarios a los que corresponda un determinado servicio, de manera que en las que se aprecie la concurrencia de la perturbación mencionada, pueda garantizarse que alguno de los funcionarios habla el idioma peculiar de la Comunidad, todo ello matizado por la vigencia del deber constitucional de conocer el castellano, que el art. tercero de nuestra Norma Suprema impone a todos los españoles.

Quinto, que, cuando no medie alguna de estas circunstancias, sigue siendo plenamente aplicable la constante tesis jurisprudencial que considera discriminatoria la exigencia del conocimiento de los idiomas de las Comunidades Autónomas con carácter obligatorio, expreso o implícito.

No cabe duda de que toda la estructura jurídico-política está construida para evitar la plena normalización del euskera y hacer imposible que las y los euskaldunes podamos vivir cómodamente en euskera. Las sentencias señalan claramente cuáles son los límites: hay que justificar cada perfil de euskera y, aún así, no es necesario exigir perfiles a todo el personal de estas secciones. Tal y como se recoge explícitamente en las sentencias, el conocimiento del euskera por parte de algún trabajador o trabajadora del servicio es suficiente. Ni que decir tiene que ni siquiera se menciona el derecho de las y los empleados públicos a trabajar en euskera ni su promoción dentro de la administración. Sin pudor alguno, llegan a poner por escrito que la exigencia del euskera debe ser una excepción.

Por si fuera poco se considera discriminatorio exigir cualquier tipo de perfil en euskera fuera de dicha zona estrecha y asfixiante. ¿Por qué se considera discriminatorio exigir un nivel de euskera y no todos los demás requisitos que se establecen en las bases de la convocatoria? Es evidente que esto sólo puede entenderse desde un punto de vista ideológico.

Todo este discurso muestra claramente la posición ideológica supremacista y euskarófoba de estos jueces y de la justicia española en general. Para ellos y ellas, el euskera es subalterno al español y los derechos de las y los euskaldunes son secundarios. Dicen que el euskera puede tener su sitio, pero siempre y cuando previamente se asegure el del idioma español, y en ningún caso ese lugar puede ser equivalente a este último. La exigencia del euskera debe justificarse y ser una excepción, mientras que el necesario conocimiento y exigencia universal del español no requiere ninguna justificación ni explicación, se nos impone en la Constitución y ya está, esa es la situación natural y normal. Nos imponen que los y las euskaldunes tengamos que pedir permiso para vivir en euskera.

Ante ello, desde el sindicato LAB denunciamos rotundamente estas dos sentencias y hacemos un llamamiento a las movilizaciones que se han convocado en respuesta a las mismas. Así, el 12 de abril nos reuniremos en la Plaza Biteri de Pasai Antxo a las 18:30 horas, organizado por Euskalgintzaren Kontseilua y Bokale. Asimismo, LAB también participará mañana, día 11, en la movilización que los trabajadores y las trabajadoras del Ayuntamiento de Pasaia llevarán a cabo a mediodía.

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