2024-04-26
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Hemos demandado al Gobierno Vasco y al Gobierno de Nafarroa por poner en peligro la vida y la salud de miles de personas trabajadoras

Los sindicatos LAB y ELA exigimos que las ‘notas aclaratorias’ de ambos Ejecutivos, que posibiltan la prestación de servicios no esenciales, se paralicen cautelarmente en 24 horas. Las demandas se han interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco y ante el Juzgado de lo Social de Nafarroa.

LAB y ELA hemos interpuesto una demanda de tutela de derechos fundamentales  (derecho a la salud, vida e integridad física) contra el Gobierno Vasco (Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras) y el Gobierno de Nafarroa por entender que las denominadas ‘Notas aclaratorias’ publicadas el 31 de marzo por ambos Ejecutivos ponen en peligro la salud y la vida de las personas obligadas a acudir a sus centros de trabajos para desarrollar tareas no esenciales. Las demandas se han interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco (TSJPV) y ante el Juzgado de lo Social de Nafarroa.

Ambos gobiernos han flexibilizado hasta el extremo el concepto de servicio esencial, contraviniendo el sentido del Real Decreto (paralización de actividades no esenciales), y posibilitando la prestación de otros servicios y de actividades industriales no básicas (lo que supone la exposición al riesgo en su puesto de trabajo así como convertir a estas personas en vector de contagio), desbaratando así los propios principios rectores del estado de alarma : “Proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública”.

Así las cosas, LAB y ELA exigimos en su demanda:

[1] Que se declare vulnerado por el Gobierno Vasco y el Gobierno de Navarra el derecho a la salud, vida e integridad física de las personas trabajadoras del sector industrial de la Comunidad Autónoma Vasca  y de Navarra.

[2] Que se declare que ambas notas aclaratorias son nulas de pleno derecho.

[3] Que se condene a ambos gobiernos a publicar el contenido de esta sentencia, por los mismos medios empleados para difundir las notas aclaratorias iniciales.

[4] Que se paralicen ambas notas de modo cautelar, en el plazo de 24 horas.
 

 

 

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