2024-05-06
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El derecho subjetivo a la vivienda tiene que ser realmente efectivo, y esto no se cumple con la proposición de ley del Gobierno de Navarra

Este 10 de diciembre de 2018 finaliza el plazo para realizar enmiendas a la Proposición de Ley Foral sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra. Por ello, desde el sindicato LAB queremos hacer pública nuestra valoración al respecto.

El Acuerdo programático en materia de vivienda 2015 – 2019 recoge entre sus acuerdos “Modificar la Ley Foral 10/2010 para garantizar el derecho efectivo a una vivienda digna en alquiler”. Pues bien, una vez más el Gobierno de Navarra se queda a medio camino y presenta una proposición de ley insuficiente en términos de cambio social toda vez que no garantiza la efectividad de dicho derecho.

El reconocimiento del derecho subjetivo a la vivienda supone que la satisfacción del mismo deja de ser un mero principio rector de la política del gobierno para pasar a ser un derecho que puede exigirse (ante los tribunales) si el mismo no es materializado.

Ahora bien, la proposición de ley del Gobierno de Navarra en los términos en que se realiza el reconocimiento del derecho subjetivo a la vivienda no supone la garantía de acceso del derecho a la vivienda a todas las personas que la necesitan, y tampoco evita que la gente tenga que seguir endeudándose con hipotecas gravosas y alquileres altos. Todo ello, porque tras la declaración del derecho subjetivo a la vivienda el mismo sólo será exigible en los términos regulados en cuanto a los colectivos de las personas destinatarias, las condiciones que éstas deben cumplir, la disponibilidad de parque público de vivienda, y la disponibilidad presupuestaria.

En marzo de este año, desde la Carta de Derechos Sociales de Euskal Herria, de la que forma parte LAB junto a otros agentes sociales y sindicales, presentamos en el Parlamento de Navarra una Iniciativa Legislativa Popular contra la pobreza y en favor de un sistema público de protección social propio y de calidad.

Entre sus peticiones, respaldadas por miles de firmas, se incluían medidas a incluir en la normativa sobre vivienda con el objetivo de que el derecho subjetivo a la vivienda sea realmente efectivo (sin límites de ingresos mínimos, sin exigencia de antigüedad en el Censo, acceso en régimen de alquiler, acceso efectivo a una vivienda no sustituible por una prestación económica, precio en atención a los ingresos y no superior al 15% de los mismos para las personas perceptoras de renta Garantizada, impedir la adjudicación de vivienda pública en régimen de compra para que estas viviendas se incluyan en el parque protegido para alquiler).

El Gobierno de Navarra que vetó el trámite parlamentario de dicha ILP, no ha tenido en cuenta ninguna de las medidas planteadas. De esta forma, resulta un contrasentido, y por ello lo más criticable de esta proposición de ley, decir que se declara el derecho subjetivo a la vivienda, incluso para poder reclamarlo judicialmente, sin al mismo tiempo, plantear los medios para asegurarse la existencia de un parque público suficiente de viviendas sociales que puedan hacerlo efectivo. Lo que obliga a delimitar los colectivos titulares del derecho subjetivo, y la sustitución del derecho a la vivienda por una prestación económica.

Además, el Gobierno de Navarra introduce la posibilidad de revisar los requisitos para acceder al derecho a la vivienda por razones presupuestarias. Lo cual ya no es que desvirtúe el derecho a la vivienda vinculándolo a la disponibilidad presupuestaria, sino que lo deja al albur de la voluntad política de turno y de la prioridad que ésta le otorgue a la necesidad de satisfacer el derecho a la vivienda.

La crisis ha dejado en evidencia la imposibilidad de satisfacer este derecho por el mercado que ha mostrado con toda su crudeza la realidad de los desahucios y la imposibilidad de amplias capas de la sociedad de acceder a este derecho básico. A ello se suma la movilización y presión social para poner en evidencia estas carencias. Por ello, la proposición del Gobierno de Navarra empieza a hablar del derecho a la vivienda como un derecho humano, y de la función social de la propiedad de la vivienda, (que abre la puerta a la expropiación temporal del uso de vivienda vacía), así como otras cuestiones que pueden considerarse positivas.

Pero no es cierto, que esta proposición de ley suponga “de forma explícita y con carácter reclamable ante las administraciones públicas, el derecho subjetivo a una vivienda digna y adecuada para cualquier persona con vecindad administrativa en la Comunidad Foral de Navarra”. No lo es.

Desde el sindicato LAB entendemos el cambio social como una forma de hacer política situando en el centro los intereses y derechos de los trabajadores y trabajadoras navarras. No lo entendemos como una forma de hacer políticas asistencialistas.

Por ello, solicitamos al Gobierno de Navarra, que cumpla con lo realmente recogido en el Acuerdo Programático en materia de vivienda, que se haga eco de las luchas sociales que lo alimentaron y proceda a garantizar de manera efectiva el derecho a una vivienda digna.

 

 

 

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