2026-06-14
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La audiencia nacional estima que Michelin aplicó condiciones nulas para la percepción de una prima de 2023

El juzgado declara nulas algunas de las condiciones para poder percibir la prima.

Ayer, 22 de octubre de 2025, hemos conocido la sentencia emitida por la Audiencia Nacional por la prima pagada por la empresa en noviembre de 2023. Esta sentencia viene precedida de una demanda registrada por los sindicatos LAB, ELA, ESK y CGT.

A finales del 2023, la empresa Michelin España Portugal pagó una prima a parte de su plantilla a nivel de grupo, el cual dejaba fuera a varios colectivos. Así pues, y entendiendo que la empresa había aplicado criterios discriminatorios, el bloque formado por los sindicatos LAB, ELA, ESK y CGT registramos en el SIMA (homólogo al PRECO de la CAV) una solicitud de conciliación, previo registro de demanda en la Audiencia Nacional.

Al no haber llegado a acuerdo, el juicio por dicha prima se celebró el pasado 23 de septiembre, y hoy hemos tenido conocimiento de la sentencia. Esta sentencia aplica a todas las plantas que Michelin tiene en el Estado. Así pues, la sentencia ha declarado nula la exclusión de algunos colectivos de la percepción de esta prima. Concretamente, esto es lo que recoge dicha sentencia:

  • Declara nulo el excluir los periodos de incapacidad temporal para el cálculo de la paga.
  • Declara nulo que, al estar de incapacidad temporal el día 30 de noviembre, no se estuviera ejerciendo actividad laboral en la empresa, y por ello excluir a esas personas.
  • Declara no ajustado a derecho el hecho de tener que estar de alta en la empresa a fecha 30 de noviembre de 2023, si el no estar de alta fuera por motivos ajenos a la voluntad de la persona trabajadora (un despido previo, por ejemplo).

Así mismo, los periodos de excedencia por cuidados recogen que se deberían de haber tenido en cuenta para la percepción de esta paga. Con lo que, si alguien se encontrara en situación de haber estado de excedencia por cuidados durante ese año 2023, y no cobró la prima, podría reclamar su pago. Habrá que esperar a ver si la empresa plantea recurso, o por contra se marca la firmeza de la sentencia.

Aunque no hayamos logrado todas las pretensiones que se recogían en la demanda, ha quedado demostrado que, al menos en unos colectivos, sí que se debería de haber abonado la prima.

Aquellos sindicatos que durante estos casi dos años no han aportado nada, han menospreciado este proceso, o directamente se han colocado frente a él, deberían de recapacitar sobre el papel que han jugado. Hablamos, concretamente, de CCOO y UGT.

Se nos ha acusado de que este proceso haya amenazado y haya podido condicionar pagas futuras. No podemos dar por bueno que la empresa practique discriminaciones hacia nadie.

También ha quedado demostrado que hay otra forma de hacer sindicalismo, frente a aquellos que parecen defender más los intereses de la empresa, por mantener prebendas propias para ellos mismos.

Los sindicatos que menor representación ostentamos hemos sido quienes nos hemos enfrentado a la Multinacional Francesa para defender los derechos de todos y todas, incluso de aquellas plantas donde no tenemos representación alguna. 

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