La sentencia estima la demanda del sindicato LAB y considera que la empresa no ha acreditado la realidad de la causa de los 10 despidos realizados.
El pasado mes de marzo, la empresa del sector agropecuario Ribera Gourmet, radicada en la comarca de Tudela y perteneciente al grupo «La Línea Verde», presentó un expediente de regulación de empleo mediante el que pretendía despedir a 18 de los 50 trabajadores que componían la plantilla. El ERE estaba presuntamente motivado por la decisión unilateral de la empresa de dejar de arrendar una finca en Corella al considerarla no rentable, por ser «mala tierra». Tal y como dicta ahora la sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dicha decisión no es causa justificada para la extinción de contratos.
Además, el Comité (CCOO, ELA, LAB) no fue informado previamente de ello, ni se buscó ninguna alternativa para mantener la producción y el empleo. Durante el periodo de consultas, que tuvo lugar entre el 12 de marzo y el 15 de abril, la parte social reprochó a la empresa esta situación. En dicha negociación se evidenciaron manifiestas contradicciones que refleja la sentencia, como la utilización de personal de ETT y la realización de horas extraordinarias, o dudas razonables acerca de la relación de la empresa agropecuaria con el resto del grupo, la procedencia de la materia prima que debería sustituir a la de la finca abandonada o el precio de la misma en los intercambios dentro del entramado empresarial.
En la recta final del periodo de consultas, coincidiendo con las dos últimas reuniones, y ante el empecinamiento patronal de sostener unos despidos, cuando menos, sospechosos, la asamblea de trabajadores acordó la realización de dos horas de paro y un día de huelga, reivindicando una cantidad menor de amortizaciones de puestos de trabajo, recolocaciones, indemnizaciones más cuantiosas y, sobre todo, la voluntariedad de salidas que atenuaran o eliminaran las extinciones traumáticas. Sin embargo, el acuerdo no fue posible y, finalizado el trámite reglamentario, la empresa comunicó la extinción de 10 contratos, el 20 % de la plantilla, el 30 de abril.
En la recta final del periodo de consultas, coincidiendo con las dos últimas reuniones, y “ante el empecinamiento patronal de sostener unos despidos, cuando menos, sospechosos,” según denuncia LAB, la asamblea de trabajadores acordó la realización de dos horas de paro y un día de huelga. La plantilla reivindicaba una cantidad menor de amortizaciones de puestos de trabajo, recolocaciones, indemnizaciones más cuantiosas y, sobre todo, la voluntariedad de salidas que atenuaran o eliminaran las extinciones traumáticas.
Finalizado el trámite reglamentario sin alcanzar acuerdo, la empresa comunicó la extinción de 10 contratos, el 20 % de la plantilla, el 30 de abril. Frente a la actuación empresarial, LAB fue el único sindicato con representación que interpuso demanda y el único que se personó en el juicio, celebrado el 16 de julio, solicitando la nulidad de los despidos y, subsidiariamente, su declaración como no ajustados a derecho.
En la sentencia del mes de septiembre, el Tribunal, si bien no admitió la nulidad del proceso —al no haberse podido demostrar mala fe en la negociación ni vulneración de derechos fundamentales—, sí declaró los despidos como no ajustados a derecho porque, según el fallo, “la empresa no ha cumplido con la obligación que le incumbe de acreditar la realidad de las causas que sirven de soporte a su decisión de cese”. Asimismo, la sala considera no probada la baja rentabilidad de la finca Alrosa de Corella y concluye que la “legítima decisión” de la empresa de dejar de arrendarla no constituye una causa legalmente justificativa del despido colectivo.
En cuanto al perfil del personal afectado, LAB denuncia que todas las personas despedidas son migrantes y/o racializadas, el 90 % de origen magrebí, incluida la única mujer de esa procedencia en la plantilla. El sindicato señala también que, en el caso del personal tractorista, fueron despedidos únicamente trabajadores de dicho colectivo, pese a representar poco más del 60 % del total en esa categoría.
Ante la firmeza de la sentencia, LAB insta a la empresa a acatar y poner en práctica lo indicado por el TSJN, y reclama que se delegue en las personas afectadas la elección entre readmisión o indemnización. Además, el sindicato exige “el reconocimiento del daño causado y su reparación en mayor medida de lo que la legalidad española establece, tal y como vienen defendiendo las directrices europeas,” así como “la asunción de las responsabilidades y obligaciones derivadas de su posición y de la normativa vigente.”
“Con más fuerza que nunca, LAB seguirá luchando por la defensa del empleo y una producción agrícola local, lo más respetuosa posible con el medio ambiente y cimentada en unas condiciones laborales dignas y justas, que reconozcan todos los derechos a todas las personas,” afirma el sindicato. “Porque no vale presumir de producto navarro y poner la mano… después de haber tirado la piedra y esconderla.”

