{"id":73970,"date":"2024-10-01T09:08:59","date_gmt":"2024-10-01T09:08:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lab.eus\/?p=73970"},"modified":"2024-10-01T09:09:00","modified_gmt":"2024-10-01T09:09:00","slug":"la-seguridad-social-y-los-servicios-de-vigilancia-de-la-salud-de-dos-empresas-de-limpieza-obligan-a-dos-trabajadoras-a-trabajar-con-andador-y-silla-de-ruedas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/la-seguridad-social-y-los-servicios-de-vigilancia-de-la-salud-de-dos-empresas-de-limpieza-obligan-a-dos-trabajadoras-a-trabajar-con-andador-y-silla-de-ruedas\/","title":{"rendered":"La Seguridad Social y los servicios de vigilancia de la salud de dos empresas de limpieza obligan a dos trabajadoras a trabajar con andador y silla de ruedas"},"content":{"rendered":"\n<p>Desde el sindicato LAB hemos dado a conocer hoy el caso de dos trabajadoras navarras del sector de Limpiezas, empleadas de las empresas Lacera y Zaintzen y con manifiestos problemas de movilidad -una necesita la ayuda de un andador, y la otra de una silla de ruedas-, a las que la Seguridad Social y los servicios de vigilancia de la salud empresariales han obligado volver a trabajar mediante denegaciones de incapacidad permanente y anulaci\u00f3n de bajas. En LAB consideramos que estas instituciones han dado un trato inhumano y degradante a las trabajadoras y que han atentado directamente contra el derecho a la salud e integridad f\u00edsica de las personas.<\/p>\n\n\n\n<p>En opini\u00f3n de LAB, expresada a trav\u00e9s de su portavoz Imanol Karrera, las personas responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social y los servicios de vigilancia de la salud de la empresas no deb\u00edan de estar en su sano juicio cuando tomaron la decisi\u00f3n de obligar a ambas limpiadoras a que trabajen con la ayuda de un andador y una silla de ruedas. Karrera ha responsabilizado de este proceder \u201cinhumano, indecente y propio de siglos pasados\u201d al discurso \u201cmanipulado\u201d de los empresarios navarros de la CEN sobre el absentismo laboral, que tiene como objetivo \u201cretroceder en los derechos relativos a la salud laboral\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Frente a ese discurso \u201creaccionario\u201d, Karrera ha asegurado que LAB a trav\u00e9s de su acci\u00f3n sindical y jur\u00eddica defender\u00e1 siempre la ampliaci\u00f3n de derechos en materia de salud laboral y condiciones de vida de la clase trabajadora navarra. Adem\u00e1s de Karrera, en la rueda de prensa de hoy han acompa\u00f1ado a las dos trabajadoras la responsable del sector de Limpiezas de LAB, Yolanda Forcelledo, y un asesor del sindicato.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde el sindicato LAB advertimos que la Seguridad Social viene degradando la calidad de vida de trabajadores y trabajadoras hasta hacerles trabajar en estados deporables, como es el caso de estas dos limpiadoras. \u201cGuiada por motivos meramente econ\u00f3micos, la inspecci\u00f3n m\u00e9dica de la Seguridad Social tiene orden de no facilitar incapacidades, por lo que a\u00f1o tras a\u00f1o est\u00e1 empeorando la vida de la clase trabajadora\u201d, ha a\u00f1adido Karrera.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Andador y silla de ruedas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de la trabajadora de 56 a\u00f1os de la empresa Lacera el informe m\u00e9dico de Osasunbidea del 17 de septiembre de 2024 reconoce a la <em>\u201c<\/em><em>paciente con importante limitaci\u00f3n para la movilizaci\u00f3n y actividades de la vida diaria por patolog\u00eda osteoarticular\u201d<\/em><em> <\/em><em>y advierte que<\/em><em> <\/em><em>\u201c<\/em><em><strong>p<\/strong><\/em><em><strong>recisa <\/strong><\/em><em><strong>de <\/strong><\/em><em><strong>andador para la deambulaci\u00f3n<\/strong><\/em><em>\u201d<\/em>. Esta trabajadora cuenta con una discapacidad reconocida del 56%. Sin embargo, en contra de la evidencia m\u00e9dica de Osasunbidea, una vez agotado el periodo de incapacidad temporal, la inspecci\u00f3n m\u00e9dica de la Seguridad Social no le otorg\u00f3 la perceptiva incapacidad por criterios meramente economicistas y, acto seguido, el servicio de vigilancia de la salud Quir\u00f3n Prevenci\u00f3n, mediante un informe del 19 de agosto de 2024, oblig\u00f3 a la trabajadora de limpiezas a reincorporarse a su puesto declar\u00e1ndola \u201c<em>apta con limitaciones<\/em>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Ello a pesar de reconocer, en un claro ejercicio de cinismo, que la operaria debe <em>\u201c<\/em><em>e<\/em><em>vitar manipulaci\u00f3n de cargas <\/em><em>(levantamiento, tracci\u00f3n y empuje) > 5 kgs; no puede realizar encorvamientos (columna lumbar) de forma continuada; no debe realizar tareas que conlleven movimientos repetitivos de elevaci\u00f3n de ambos miembros superiores por encima del hombro; no permanecer en bipedestaci\u00f3n est\u00e1tica de forma continuada, alternar con bipedestaci\u00f3n din\u00e1mica; no puede permanecer en sedestaci\u00f3n prolongada, alternar con bipedestaci\u00f3n est\u00e1tica\/din\u00e1mica\u201d<\/em>. Todas ellas limitaciones que objetivamente impiden el desarrollo de sus funciones como operaria de limpieza, pero que precisando de andador, se encuentra prestando trabajo limpiando en el colegio Patxi Larrainzar de la Rotxapea (Iru\u00f1ea).<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de la otra trabajadora de la empresa Zaintzen, tambi\u00e9n de 56 a\u00f1os y que cuenta con una discapacidad reconocida del 49%, un informe m\u00e9dico de Osasunbidea del 25 de agosto de 2022 recoge que \u201c<em>los diagn\u00f3sticos siendo la mayor\u00eda de ellos de car\u00e1cter cr\u00f3nico e incluso estando otros pendientes de seguimiento por distinta especialidad (Medicina Interna) suponen una limitaci\u00f3n muy importante para la mayor\u00eda de actividades cotidianas. <\/em><em><strong>Entre ellas destaca una alteraci\u00f3n de la marcha que le obliga al empleo de andador<\/strong><\/em><em> y que le limita para estar en posturas <\/em><em>fijas sin apoyo\/ayuda. Del mismo modo dichas patolog\u00edas suponen tambi\u00e9n una convivencia con dolor de manera constante y una repercusi\u00f3n fundamental tambi\u00e9n a nivel emocional\u201d<\/em>. Otro informe m\u00e9dico de Osasunbidea del 7 de noviembre de 2022 deja constancia de que \u201c<em>desde hace aproximadamente dos meses la paciente precisa, en relaci\u00f3n a sus s\u00edntomas de base, de apoyo en silla de ruedas para desplazamientos superiores a 10-15 minutos <\/em><em>caminando\u201d<\/em><em>.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En este segundo caso, la trabajadora todav\u00eda est\u00e1 pendiente de recibir el informe del servicio de vigilancia de la salud empresarial. Sin embargo, en ausencia del mismo, el d\u00eda 2 de octubre (ma\u00f1ana) deber\u00e1 acudir al trabajo en el colegio Mendigoiti de Mendillorri (Iru\u00f1ea). Acudir\u00e1 con la ayuda de su silla de ruedas, claro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el sindicato LAB hemos dado a conocer hoy el caso de dos trabajadoras navarras del sector de Limpiezas, empleadas de las empresas Lacera y Zaintzen y con manifiestos problemas de movilidad -una necesita la ayuda de un andador, y la otra de una silla de ruedas-, a las que la Seguridad Social y los servicios de vigilancia de la salud empresariales han obligado volver a trabajar mediante denegaciones de incapacidad permanente y anulaci\u00f3n de bajas. 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