{"id":66327,"date":"2023-12-22T11:17:36","date_gmt":"2023-12-22T11:17:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lab.eus\/?p=66327"},"modified":"2023-12-22T11:17:42","modified_gmt":"2023-12-22T11:17:42","slug":"la-nueva-ley-de-empleo-de-la-cav-no-responde-a-las-necesidades-de-la-clase-trabajadora-vasca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/la-nueva-ley-de-empleo-de-la-cav-no-responde-a-las-necesidades-de-la-clase-trabajadora-vasca\/","title":{"rendered":"La nueva ley de empleo de la CAV no responde a las necesidades de la clase trabajadora vasca"},"content":{"rendered":"\n<p>En opini\u00f3n de LAB, la Ley Vasca de Empleo, aprobada ayer en el Parlamento de Gasteiz, nace corta desde su creaci\u00f3n, ya que la CAV tiene competencias limitadas a la hora de regular el empleo, ya que s\u00f3lo existe la posibilidad de ordenar normas y criterios procedentes del Estado.<br><br>Adem\u00e1s, el sindicato ha querido denunciar el cambio de naturaleza jur\u00eddica que va a tener Lanbide, ya que abrir\u00e1 la puerta a la privatizaci\u00f3n y a la falta de control p\u00fablico. LAB cree que Euskal Herria necesita una verdadera ley de empleo, dando pasos hacia un marco vasco de relaciones laborales y protecci\u00f3n social. Seg\u00fan el sindicato, la ley aprobada ayer ha sido una oportunidad perdida para empezar a trabajar en ese camino.<br><br>LAB destaca que para poder dise\u00f1ar la pol\u00edtica de empleo es imprescindible que un pa\u00eds tenga plenas competencias para poder decidir qu\u00e9 tipo de empleo queremos crear, c\u00f3mo lo vamos a hacer y c\u00f3mo lo vamos a repartir. La ley aprobada ayer tiene ese l\u00edmite desde su creaci\u00f3n, porque no se puede llamar as\u00ed a las pol\u00edticas de empleo que hoy se pueden hacer desde las Comunidades Aut\u00f3nomas. Por tanto, LAB ha sacado a relucir los l\u00edmites competenciales actuales. De hecho, la competencia para desarrollar pol\u00edticas activas en la CAV ya la tenemos transferida, pero no la de las pol\u00edticas pasivas, por lo que no tenemos m\u00e1s remedio que limitarnos ordenar las normas y criterios que vienen del Estado. El empleo ha sido reconocido como un derecho subjetivo en la ley de empleo vasca, lo que LAB entiende que es un paso adelante, pero falta concretar los instrumentos para su ejercicio y puesta en pr\u00e1ctica.<br><br>La construcci\u00f3n de un marco propio de relaciones laborales y de protecci\u00f3n social es un instrumento imprescindible para el desarrollo de las pol\u00edticas de empleo dise\u00f1adas en y para Euskal Herria. LAB tiene propuestas para superar este marco, por ejemplo el c\u00f3digo de trabajo que propone para Euskal Herria. LAB considera que las leyes y reglamentos que se proponen en la CAV tambi\u00e9n deber\u00edan ir en esa direcci\u00f3n. Pero LAB opina que La Ley Vasca de empleo no tiene vocaci\u00f3n de superar el marco, de dar pasos hacia un marco propio. No se impulsa un di\u00e1logo que no sea dependiente del Estado, no hace referencia a posibles acuerdos interprofesionales que contribuir\u00edan a garantizar ese empleo digno que define la propia ley.<br><br>Por otro lado, el sindicato ha querido denunciar la reestructuraci\u00f3n de la personificaci\u00f3n jur\u00eddica de Lanbide, que se define como un ente p\u00fablico de derecho privado, lo cual es preocupante porque es un cambio que puede abrir la puerta a la privatizaci\u00f3n.<br><br>El cambio de Lanbide a Ente P\u00fablico de Derecho Privado supone cambios profundos. Por un lado, los correspondientes al personal de Lanbide. Tras a\u00f1os de tasas de temporalidad muy elevadas, se di\u00f3 paso a procesos de estabilidad y cuando se pensaba que los y las trabajadoras tendr\u00edan un poco de tranquilidad, el cambio de personificaci\u00f3n jur\u00eddica afectar\u00e1 directamente a su situaci\u00f3n laboral, ya que las personas que hayan obtenido plaza de funcionario tambi\u00e9n tendr\u00e1n que decidir entre dos opciones: seguir como laboral en Lanbide o como funcionario en el proceso de salida. Adem\u00e1s, las cuestiones como el convenio colectivo de referencia o la provisi\u00f3n de personal podr\u00e1n ser aprobadas por el Consejo de Administraci\u00f3n.<br><br>La modificaci\u00f3n de la naturaleza jur\u00eddica de Lanbide no afectar\u00e1 \u00fanicamente a la plantilla. Se perder\u00e1 el control econ\u00f3mico y de gesti\u00f3n, al no tener que ser supervisado por la Funci\u00f3n P\u00fablica. Todo ello en una entidad con un presupuesto de 1000 millones y 1200 personas empleadas. La falta de control p\u00fablico incidir\u00e1 en un sinf\u00edn de \u00e1mbitos, en el econ\u00f3mico, pero tambi\u00e9n en otros tantos: hay que recordar que en la actualidad Lanbide sigue llevando a cabo una subcontrataci\u00f3n encubierta a trav\u00e9s de entidades colaboradoras, y ahora habr\u00e1 a\u00fan menos garant\u00edas a la hora de materializar dichas subcontrataciones. Podr\u00e1n crear diferentes cargos de responsabilidad, limitando el acceso a los mismos a personas de confianza del gobierno. Tambi\u00e9n puede incidir en el euskera, ya que la instituci\u00f3n quedar\u00eda fuera del plan de euskera del Gobierno de la CAV.<\/p>\n\n\n\n<p>Euskal Herria necesita una verdadera ley de empleo, una ley que garantice un empleo digno para toda la ciudadan\u00eda vasca, que permita desarrollar vidas que merezcan ser vividas, que contemple los trabajos de cuidado y su reparto equilibrado. Dar pasos para la construcci\u00f3n de un marco vasco de relaciones laborales y de protecci\u00f3n social es imprescindible para ello, y esta ley de empleo no responde a la necesidad que tiene la clase trabajadora de Euskal Herria.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En opini\u00f3n de LAB, la Ley Vasca de Empleo, aprobada ayer en el Parlamento de Gasteiz, nace corta desde su creaci\u00f3n, ya que la CAV tiene competencias limitadas a la hora de regular el empleo, ya que s\u00f3lo existe la posibilidad de ordenar normas y criterios procedentes del Estado.<\/p>\n","protected":false},"author":1191,"featured_media":57168,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[3402,18],"tags":[3033,3178,3931],"class_list":{"0":"post-66327","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-accion-politica","8":"category-es-accion-sindical","9":"tag-accion-sindical-es","10":"tag-destacado-1","11":"tag-ley-de-empleo"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66327","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1191"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=66327"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66327\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/57168"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=66327"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=66327"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=66327"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}