{"id":60167,"date":"2023-07-05T10:00:53","date_gmt":"2023-07-05T10:00:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lab.eus\/?p=60167"},"modified":"2023-07-05T10:01:04","modified_gmt":"2023-07-05T10:01:04","slug":"hemos-conseguido-flexibilizar-las-condiciones-para-acceder-al-subsidio-y-a-la-prestacion-por-desempleo-a-las-trabajadoras-del-hogar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/hemos-conseguido-flexibilizar-las-condiciones-para-acceder-al-subsidio-y-a-la-prestacion-por-desempleo-a-las-trabajadoras-del-hogar\/","title":{"rendered":"Hemos conseguido flexibilizar las condiciones para acceder al subsidio y a la prestaci\u00f3n por desempleo a las trabajadoras del hogar"},"content":{"rendered":"\n<p>El Juzgado Social n\u00ba 6 de Bilbao ha dado la raz\u00f3n a LAB y ha resuelto que los periodos de cotizaci\u00f3n anteriores al 1 de octubre de 2022 deben tenerse en cuenta al analizar las condiciones para el subsidio por desempleo de las trabajadoras de m\u00e1s de 52 a\u00f1os. La sentencia corrige lo recogido en el real decreto-ley 16\/2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Debemos recordar la sentencia del Tribunal Supremo de la Uni\u00f3n Europea del 24 de febrero de 2022, en la que dicta que toda disposici\u00f3n que implique que las trabajadoras del hogar no tengan prestaci\u00f3n por desempleo ser\u00e1 contraria a la directiva 79\/7; es decir, discriminatoria. As\u00ed, con el objetivo de corregir esta situaci\u00f3n, el Gobierno Espa\u00f1ol aprob\u00f3 el real decreto-ley 16\/2022, que regul\u00f3 la mejora de los derechos de las empleadas de hogar, entre ellos la obligaci\u00f3n de cotizar a la prestaci\u00f3n por desempleo y el derecho a recibirla posteriormente. Esta norma entr\u00f3 en vigor el 1 de octubre de 2022, por lo que los per\u00edodos de cotizaci\u00f3n hasta esa fecha no se tienen en cuenta a la hora de calcular la prestaci\u00f3n y el subsidio por desempleo.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso que ahora nos ocupa, lo que se analiza es si el per\u00edodo de cotizaci\u00f3n de una empleada de hogar anterior al 1 de octubre de 2022 se tendr\u00e1 en cuenta a la hora de calcular el subsidio por desempleo de las trabajadoras de m\u00e1s de 52 a\u00f1os. En este caso concreto, los per\u00edodos de cotizaci\u00f3n que ten\u00eda la trabajadora eran tanto del r\u00e9gimen especial de empleados de hogar como del r\u00e9gimen general y SEPE le deneg\u00f3 el derecho al subsidio.<\/p>\n\n\n\n<p>La trabajadora cumpl\u00eda todos los requisitos para acceder al subsidio de m\u00e1s de 52 a\u00f1os; justamente, cumplir los requisitos para recibir cualquier pensi\u00f3n contributiva excepto la edad, es decir, 15 a\u00f1os de cotizaci\u00f3n. El requisito que no cumpl\u00eda era el de haber cotizado por desempleo durante seis a\u00f1os en su vida laboral, pero, y aqu\u00ed est\u00e1 la clave, si se tiene en cuenta el per\u00edodo cotizado en el r\u00e9gimen especial de empleados de hogar anterior al 1 de octubre de 2022, cumpl\u00eda sobradamente el requisito.<\/p>\n\n\n\n<p>Eso ha sido lo que hemos demandado desde el sindicato LAB, argumentando que tanto la sentencia del Tribunal de la Uni\u00f3n Europea como la aplicaci\u00f3n de la directiva son correctas y que no hay por qu\u00e9 esperar a un cambio legal para ejecutarlas. Y el Juzgado de lo Social n\u00ba 6 de Bilbao nos ha dado la raz\u00f3n, al entender que el Tribunal Europeo consider\u00f3 discriminatorio que las trabajadoras del hogar no pudieran cotizar por desempleo, por lo que los per\u00edodos de cotizaci\u00f3n anteriores al 1 de octubre de 2022 deben tenerse en cuenta a la hora de valorar las condiciones del subsidio de personas mayores de 52 a\u00f1os. Y entendemos que es plenamente aplicable a la prestaci\u00f3n por desempleo.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta sentencia es muy importante, y viene a dar la raz\u00f3n a las empleadas del hogar. De acuerdo con esta sentencia, cualquier empleada de hogar, al igual que cualquier otra trabajadora, podr\u00e1 solicitar la prestaci\u00f3n por desempleo o el subsidio correspondiente al per\u00edodo de cotizaci\u00f3n anterior al 1 de octubre de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, esta sentencia pone de manifiesto una vez m\u00e1s la situaci\u00f3n discriminatoria que sufren las trabajadoras del hogar. Esta sentencia viene a corregir el \u00faltimo real decreto-ley 16\/2022, que establec\u00eda que s\u00f3lo se tomar\u00edan en consideraci\u00f3n las cotizaciones a partir del 1 de octubre de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Necesidad de seguir luchando<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta sentencia confirma nuestra larga trayectoria en la defensa de los derechos laborales de las trabajadoras del hogar. Hemos estado luchando constantemente, y todav\u00eda hoy hay dudas sobre si las empleadas del hogar tienen derechos o no.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia es muy importante para LAB. La secci\u00f3n sindical de las trabajadoras del hogar de LAB ha reivindicado durante cuatro a\u00f1os los derechos que tienen el colectivo, reclamando su equiparaci\u00f3n con el resto de trabajadores y trabajadoras. La lucha de las trabajadoras del hogar es justa y hemos reivindicado que su trabajo sustenta las vidas de Euskal Herria. Por primera vez nos acercamos a un marco legal que la propia reforma del real decreto-ley 16\/2022 nos niega.<\/p>\n\n\n\n<p>Las trabajadoras del hogar y de cuidado merecen m\u00e1s que recibir la prestaci\u00f3n y el subsidio por desempleo; merecen que se les reconozca de forma real y retroactiva su trabajo y sus cotizaciones. Esta necesidad nos impulsa a estar juntas y a defender la organizaci\u00f3n colectiva como \u00fanico instrumento eficaz de lucha. Este sector es una apuesta de nuestro sindicato y seguiremos dando pasos para que se reconozcan todos los derechos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Juzgado Social n\u00ba 6 de Bilbao ha dado la raz\u00f3n a LAB y ha resuelto que los periodos de cotizaci\u00f3n anteriores al 1 de octubre de 2022 deben tenerse en cuenta al analizar las condiciones para el subsidio por desempleo de las trabajadoras de m\u00e1s de 52 a\u00f1os. 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