{"id":38913,"date":"2021-10-18T13:19:34","date_gmt":"2021-10-18T13:19:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lab.eus\/?p=38913"},"modified":"2021-10-18T13:24:04","modified_gmt":"2021-10-18T13:24:04","slug":"hemos-ganado-tres-sentencias-de-trabajadoras-temporales-publicas-por-las-que-la-administracion-debera-pagar-miles-de-euros-lortudugu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/hemos-ganado-tres-sentencias-de-trabajadoras-temporales-publicas-por-las-que-la-administracion-debera-pagar-miles-de-euros-lortudugu\/","title":{"rendered":"Hemos ganado tres sentencias de trabajadoras temporales p\u00fablicas por las que la Administraci\u00f3n de Nafarroa deber\u00e1 pagar miles de euros #LortuDugu"},"content":{"rendered":"\n<p>35.000 euros; 115.000 euros; y 50.000 euros. Esas son las indemnizaciones que han marcado tres sentencias recientes de los juzgados de lo social y que la administraci\u00f3n foral deber\u00e1 pagar a tres trabajadoras temporales p\u00fablicas por despido improcedente. Representantes del sindicato LAB han ofrecido hoy una rueda de prensa en Pamplona en la que han explicado que esas tres sentencias son las primeras de Navarra que recogen la \u00faltima doctrina del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea. En estos momentos LAB est\u00e1 tramitando m\u00e1s de 50 expedientes de trabajadores temporales p\u00fablicos que de ser sentenciados como estos tres supondr\u00edan millones de euros en indemnizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHay muchos trabajadores y trabajadoras en situaciones similares a estas tres\u201d, ha se\u00f1alado Ainara Elarre en nombre del sindicato LAB. En opini\u00f3n de Elarre se ha llegado a esta situaci\u00f3n por \u201cdejaci\u00f3n, inacci\u00f3n y mala gesti\u00f3n\u201d de las administraciones p\u00fablicas que no han hecho una apuesta firme por los servicios p\u00fablicos. \u201cEst\u00e1n abusando de la utilizaci\u00f3n del contrato temporal, llevan a\u00f1os reduci\u00e9ndoles los derechos a los trabajadores temporales p\u00fablicos, y hasta que no lo dictaminan los tribunales, no les pagan el grado, la antig\u00fcedad, la ayuda familiar y\/o las indemnizaciones correspondientes por despido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Elarre considera que el real decreto aprobado en junio, y que se va a anegociar como proposici\u00f3n de ley, no da soluci\u00f3n a la estabilizaci\u00f3n de las plantillas, sino que es un parche para dar salida a las exigencias de los tribunales. \u201cEs un sinsentido que los gestores de lo p\u00fablico permitan que m\u00e1s de la mitad de la plantilla sea temporal. En LAB calculamos que har\u00eda falta llevar a OPE unas 10.000 plazas de la administraci\u00f3n foral, con el objetivo de que la temporalidad sea excepcional&nbsp;\u2015como mucho de un 8%\u2015. Exigimos a las administraciones p\u00fablicas que estabilicen de una vez las plantillas y que aseguren unas condiciones dignas de trabajo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Una administrativa, una m\u00e9dica y una limpiadora<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tal y como ha explicado Juantxo Barkos, asesor jur\u00eddico de LAB, estas tres sentenciashan salido recientemente dictadas por los los juzgados de lo social de Pamplona, en relaci\u00f3n al fraude de ley en la ejecuci\u00f3n de contratos temporales en la administraci\u00f3n de la comunidad foral de Navarra. Las sentencias recogen la \u00faltima doctrina del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea que contempl\u00f3 la sentencia de 3 de junio de 2021 y que fue recogida posteriormente por el Tribunal Supremo espa\u00f1ol en sentencia de 28 de junio. En esta doctrina se recoge cu\u00e1l debe ser la consecuencia de mantener en plazas vacantes en la administraci\u00f3n p\u00fablica a personas durante un tiempo injustificadamente largo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn los tres casos son mujeres que llevan en la administraci\u00f3n much\u00edsimos a\u00f1os\u201d, ha a\u00f1adido Barkos. \u201cY es llamativo tambi\u00e9n el hecho de que nos encontramos tanto en puestos de trabajo m\u00e1s alto de la administraci\u00f3n\u2015el nivel A, como es el caso de m\u00e9dicos\u2015, como el puesto m\u00e1s bajo&nbsp;\u2015el antiguo E de las limpiadoras de centros educativos\u2015.<\/p>\n\n\n\n<p>La primera de las sentencias dictada por el juzgado de lo social n\u00famero 3 es del 9 de julio de 2021 y es la primera que LAB tiene constancia de que se haya dictado aplicando ya la doctrina del Tribunal Supremo. En este caso lo que se considera fraudulento es la permanencia en una plaza vacante desde 2008 de una mujer que estaba trabajando como auxiliar administrativa en Osasunbidea. La sentencia es firme y ha establecido una indemnizaci\u00f3n de 35.800 euros;&nbsp;&nbsp;Osasunbidea ya ha pagado.<\/p>\n\n\n\n<p>El segundo de los casos es una m\u00e9dica del servicio de urgencias que ha concatenado 153 contratos desde 1990 y que desde el a\u00f1o 2000 estaba contratada mediante el contrato especial de Osasunbidea&nbsp;\u2015que se dice \u201cpor otras necesidades de personal\u201d\u2015; es decir, un contrato espec\u00edfico para cuando no hay un personal adecuado fijo para un puesto de trabajo concreto. Adem\u00e1s, desde 2016, esa plaza se hab\u00eda convertido en una vacante, pero segu\u00eda trabajando ah\u00ed sin que hubieran sacado dicha plaza a una convocatoria p\u00fablica de cobertura. La sentencia ha dictado una indemnizaci\u00f3n de 115.000 euros. La administraci\u00f3n ha anunciado que recurrir\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Y la tercera de las sentencias, que es del 28 de septiembre, es de una trabajadora que estaba ocupando el puesto de trabajo de limpieza en centros educativos desde 1997. Y desde 1999 estaba ocupando la misma plaza vacante. Es decir, llevaba m\u00e1s de 20 a\u00f1os en la misma plaza, sin que se hubiese incluido en una oferta p\u00fablica de empleo, y por supuesto sin que se hubiese cubierto. La sentencia ha dictado una indemnizaci\u00f3n de 50.000 euros. La administraci\u00f3n ha anunciado que recurrir\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal y como ha aclarado el abogado Juantxo Barkos los tribunales han sentenciado que la administraci\u00f3n ha incurrido en un fraude de ley en estos tres casos porque ha estado utilizando contratos administrativos que no cumpl\u00edan los requisitos establecidos. Por ejemplo, en lo que a los plazos se refiere el Tribunal Supremo ha establecido un plazo de tres a\u00f1os para considerar que se da una situaci\u00f3n de utilizaci\u00f3n del contrato temporal injustificadamente larga; es decir, que no hay raz\u00f3n alguna para que la administraci\u00f3n no incluya esa vacante en la siguiente oferta p\u00fablica de empleo y que tres a\u00f1os ya es suficiente para considerar que esa necesidad es habitual y que no es excepcional. Por lo tanto considera que hay una situaci\u00f3n de fraude de ley.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa consecuencia de no cumplir los requisitos y, por lo tanto, incurrir en un fraude de ley, es que esa relaci\u00f3n laboral debe considerarse como indefinida no fija\u201d, ha a\u00f1adido Barkos. \u201cEn los tres casos citados estamos hablando de despidos porque una vez que se ha considerado que son una contrataci\u00f3n laboral indefinida no fija, su cese&nbsp;\u2015que se ha producido porque han cubierto las plazas a trav\u00e9s de procedimientos reglados\u2015se ha producido sin que fuese un despido objetivo. Los tribunales han considerado que estamos ante despidos improcedentes. La consecuencia es que o se les readmite en su puesto de trabajo en las mismas condiciones, abonando los salarios que hayan dejado de percibir desde que se les ces\u00f3 o se les abona la indemnizaci\u00f3n que les corresponda en funci\u00f3n de su salario regulado y el tiempo que lleven trabajando\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En los tres casos las cantidades son altas, debido al prolongado tiempo que llevaban trabajando. \u201cEstamos hablando de un coste importante para la administraci\u00f3n, al tener que hacer frente a unas indemnizaciones altas precisamente por su mala gesti\u00f3n\u201d, ha concluido Barkos. El sindicato LAB est\u00e1 trabajando en estos momentos en m\u00e1s de 50 espedientes de este tipo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los tres casos las cantidades son altas, debido al prolongado tiempo que llevaban trabajando. 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