{"id":10310,"date":"2012-04-04T06:23:04","date_gmt":"2012-04-04T06:23:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lab.eus\/propuesta-de-lab-para-la-reforma-del-impuesto-sobre-sociedades\/"},"modified":"2012-04-04T06:23:04","modified_gmt":"2012-04-04T06:23:04","slug":"propuesta-de-lab-para-la-reforma-del-impuesto-sobre-sociedades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/propuesta-de-lab-para-la-reforma-del-impuesto-sobre-sociedades\/","title":{"rendered":"Propuesta de LAB para la reforma del Impuesto sobre Sociedades"},"content":{"rendered":"<p><strong>Reducci&oacute;n generalizada del Impuesto sobre Sociedades en el contexto de la globalizaci&oacute;n.<\/strong> <!--more--> <br \/> El proceso de globalizaci&oacute;n econ&oacute;mica, la integraci&oacute;n econ&oacute;mica en Europa y las sucesivas ampliaciones de la Uni&oacute;n Europea han sido utilizados como excusa para justificar la reducci&oacute;n del Impuesto de Sociedades bajo el pretexto de buscar un doble objetivo: mejorar la competitividad de las empresas locales y atraer la instalaci&oacute;n de empresas extranjeras.<\/p>\n<p> Como consecuencia de esta visi&oacute;n ultra-neoliberal de las pol&iacute;ticas econ&oacute;micas, y en particular de la pol&iacute;tica fiscal, a lo largo y ancho de toda Europa ha tenido lugar un proceso de competencia fiscal que se traducido en una reducci&oacute;n sistem&aacute;tica y generalizada del Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<p> As&iacute;, comprobamos que en la UE desde 1995 el valor medio de los tipos de gravamen ha disminuido en m&aacute;s de doce puntos. L&oacute;gicamente, la reducci&oacute;n no ha sido homog&eacute;nea en todos los Estados miembro; pero todos ellos comparten los efectos negativos de esta competencia fiscal: la erosi&oacute;n tanto de la capacidad recaudatoria como de la equidad del sistema tributario.<\/p>\n<p> En definitiva, se ha dilapidado una valiosa fuente de ingresos p&uacute;blicos en beneficio de los empresarios y propietarios de las empresas.<br \/> Frente a esta p&eacute;rdida de recaudaci&oacute;n surge una disyuntiva: o se compensa aumentando la presi&oacute;n fiscal sobre la clase trabajadora a trav&eacute;s del IRPF y los impuestos al consumo; o disminuyen los ingresos fiscales dedicados a financiar el gasto p&uacute;blico y mejorar las pol&iacute;ticas sociales. En ambos casos es la mayor&iacute;a social quien sale perdiendo en provecho de unos pocos.<\/p>\n<p> Por el contrario, es obvio que no se ha conseguido ninguno de los objetivos supuestamente perseguidos. En primer lugar, la evidencia demuestra que la diferencia de tipos en el Impuesto de Sociedades no es un factor determinante para la localizaci&oacute;n o deslocalizaci&oacute;n de empresas; y en segundo lugar, porque estas pretendidas ventajas competitivas de naturaleza fiscal se anulan entre si al tratarse de una estrategia imitada en todos los pa&iacute;ses de nuestro entorno.<\/p>\n<p> <strong>Diferencia entre los tipos nominal y efectivo del impuesto en Gipuzkoa.<br \/> <\/strong><br \/> Tambi&eacute;n las Haciendas forales, incluida la de Gipuzkoa, han participado en esta loca carrera orientada en exclusiva a reducir el Impuesto de Sociedades. Para ello se han utilizado dos v&iacute;as:<\/p>\n<p> &minus;\tRebaja sistem&aacute;tica de los tipos nominales del Impuesto Sociedades; de tal forma que el tipo de gravamen general ha pasado del 35% al 28%, mientras que el tipo nominal para la peque&ntilde;as empresas se ha reducido hasta el 24%.<br \/> &minus;\tIncremento desenfrenado de las deducciones y los incentivos fiscales, que han reducido el tipo efectivo (corregido) que realmente pagan las empresas sujetas a la normativa foral de Gipuzkoa hasta el 16,6%.<\/p>\n<p> <strong>La normativa del impuesto en Gipuzkoa otorga un trato fiscal ventajoso a las empresas.<br \/> <\/strong><br \/> ADEGI, y la patronal vasca en general, pretenden introducir un debate tramposo centrado en el tipo nominal del impuesto como mejor defensa de sus intereses privados y corporativos. Pero el tipo nominal no es un indicador preciso para medir la presi&oacute;n fiscal que soportan las empresas por el Impuesto de Sociedades.<\/p>\n<p> A&uacute;n as&iacute;, es oportuno advertir que el tipo general del impuesto es similar e incluso superior en las grandes potencias de la UE, y entre ellas se encuentran nuestros mayores clientes y competidores, como son Alemania, Francia, Reino Unido, Italia o el propio Estado espa&ntilde;ol.<\/p>\n<p> Adem&aacute;s, la proliferaci&oacute;n de innumerables deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales se ha convertido en un instrumento muy &uacute;til para reducir la &ldquo;factura&rdquo; fiscal de las empresas, que adem&aacute;s recurren a pr&aacute;cticas de planificaci&oacute;n fiscal para eludir el pago del impuesto de forma legal.<\/p>\n<p> De hecho, seg&uacute;n los datos del Departamento de Hacienda y Finanzas, el tipo nominal medio del impuesto se sit&uacute;a en el 24,5% para aquellas empresas que tributan conforme a la normativa foral de Gipuzkoa, pero el tipo efectivo medio que realmente pagan del 16,6%.<br \/> Mientras tanto, el tipo efectivo de las empresas que tributan seg&uacute;n la normativa de otros territorios forales (Araba, Bizkaia o Nafarroa) asciende a 21,4%. Y las empresas sujetas a normativa de territorio com&uacute;n tributan a un tipo efectivo del 27,9%.<\/p>\n<p> Asimismo, es importante se&ntilde;alar que seg&uacute;n el EUROSTAT, el tipo efectivo medio del Impuesto de Sociedades en la Uni&oacute;n Europea es del 21,8%.<\/p>\n<p> En base a toda esta informaci&oacute;n se demuestra que la normativa foral de Gipuzkoa concede a las empresas un trato fiscal m&aacute;s ventajoso que la normativa vigente en los pa&iacute;ses de nuestro entorno. Por tanto, una verdadera armonizaci&oacute;n fiscal deber&iacute;a suponer un incremento del Impuesto de Sociedades, pero en ning&uacute;n caso una nueva rebaja.<\/p>\n<p> <strong>Propuestas de LAB para la reforma del Impuesto sobre Sociedades.<br \/> <\/strong><br \/> Por todo ello consideramos necesario revisar en profundidad el Impuesto de Sociedades para evitar el despilfarro de millones de euros que se dejan de recaudar en beneficio de las rentas empresariales. Nuestras propuestas son las siguientes:<\/p>\n<p> 1.- <strong>Aumentar el tipo nominal <\/strong>de gravamen para que el Impuesto de Sociedades recupere el potencial recaudatorio perdido a trav&eacute;s de sucesivas rebajas. Han sido numerosas las reformas realizadas durante las &uacute;ltimas d&eacute;cadas; pero queremos destacar dos por su notable impacto recaudatorio:<\/p>\n<p> &minus;\tReforma de 1996: supuso la p&eacute;rdida del 12,5% de su potencial recaudatorio.<br \/> &minus;\tReforma de 2007: con un coste recaudatorio equivalente al 25,6%.<\/p>\n<p> 2.- <strong>Eliminar la gran mayor&iacute;a de deducciones e incentivos fiscales<\/strong> para acercar el tipo efectivo que pagan las empresas al tipo de gravamen nominal. De esta forma la contribuci&oacute;n fiscal de las empresas estar&iacute;a en consonancia con el beneficio contable obtenido. Por otro lado, debemos tener en cuenta que:<\/p>\n<p> &minus;\tEl amplio y generoso cat&aacute;logo de deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales es utilizado como mecanismo para planificar el impacto del Impuesto sobre Sociedades y as&iacute; tratar de eludir, en la medida de lo posible, el pago del impuesto.<br \/> &minus;\tLas grandes empresas tienen mayor facilidad para acceder a estas reducciones fiscales y, por tanto, pagan menos que las empresas peque&ntilde;as y con menor capacidad econ&oacute;mica, lo que provoca una progresividad regresiva.<br \/> &minus;\tExiste un gran n&uacute;mero de deducciones e incentivos fiscales que no cumplen el objetivo con el que en teor&iacute;a fueron creados. En otros casos el seguimiento y control de su eficacia es muy complicado, por no decir imposible. Y tambi&eacute;n hay otras deducciones que pueden tener efectos contraproducentes; como por ejemplo la deducci&oacute;n de los gastos financieros soportados para financiar proyectos de expansi&oacute;n internacional que no tienen repercusi&oacute;n positiva a nivel local, ni en el volumen de actividad ni en la creaci&oacute;n de empleo.<\/p>\n<p> 3.- <strong>Limitar la compensaci&oacute;n de bases imponibles negativas &uacute;nicamente<\/strong> a aquellos ejercicios que se encuentran dentro del periodo de prescripci&oacute;n establecido para las deudas tributarias.<br \/> Como reflexi&oacute;n final conviene dejar claro que no es la competitividad de las empresas lo que est&aacute; en juego, sino la rentabilidad del capital y su contribuci&oacute;n fiscal a la Hacienda Foral. Por eso reivindicamos una reforma del Impuesto de Sociedades que nos permita avanzar hacia una mayor justicia fiscal y, al mismo tiempo, incrementar los ingresos p&uacute;blicos para mejorar las pol&iacute;ticas sociales.<\/p>\n<p> Donostia, 3 de abril de 2012<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Reducci&oacute;n generalizada del Impuesto sobre Sociedades en el contexto de la globalizaci&oacute;n.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[2998],"tags":[],"class_list":{"0":"post-10310","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","6":"category-uncategorized-eu-es"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10310","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10310"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10310\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10310"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10310"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lab.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10310"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}